Carta De InvitacióN
REQUISITOS DE LA SOLICITUD
El particular que pretenda obtener una carta de convidación en favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de vivienda, que será la competente para su tramitación y expedición.
La petición va a deber contener los próximos extremos:
El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la residencia (escritura pública o bien título de propiedad, contrato de alquiler o cualquier otro documento análogo, conforme con la legislación civil actual).
Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la convidación va a poder referirse a múltiples personas, debiendo indicarse en la petición los datos ya antes mentados respecto de cada una de ellas, como la disponibilidad de domicilio para todas y cada una.
- El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. bis: «el que directa o bien de forma indirecta, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o bien la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de 4 a ocho años de prisión».
- La Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o bien formando una parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en exactamente el mismo, siempre que no forme delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde seis mil uno hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal y como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y quinientos setenta y uno.
- Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un archivo de la Dirección General de la Policía, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación frente a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de trece de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
TRAMITACIÓN
Una vez recibida cita previa extranjería huellas por la dependencia eficiente para su tramitación, ésta comenzará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, de cara a solucionar en el sentido que proceda con relación a exactamente la misma a la mayor brevedad posible.
Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se va a poder emplazar al solicitante para sostener una entrevista con el objeto de revisar su identidad, la valía de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la petición. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de 15 días, producirá el efecto de considerar al demandante renunciado en el procedimiento.
RESOLUCIÓN
Una vez resuelta la petición, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Convidación.
La notificación de la resolución favorable de la solicitud de Carta de convidación surtirá efectos a fin de que se proceda al abono de la tasa correspondiente, en los términos previstos en las disposiciones vigentes. El abono de la tasa deberá realizarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de tal abono va a deber aportarse para recoger la Carta de convidación.
La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que tuviera que presentarlos y el plazo para interponerlos.
MODELO DE SOLICITUD
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