Gestores Administrativos: Habilitados Para Presentar Petición De Nacionalidad Española
El Boletín Oficial del Estado acaba de publicar la Resolución de veintiuno de agosto de dos mil diecinueve, de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
A través de ella, se publica el Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.
Dicho Convenio le habilita a:
- la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados
- y de asistencia en la presentación de solicitudes en formato papel
Objeto y ámbito
El presente Convenio tiene por objeto establecer un marco general básico de cooperación que articule y favorezca las relaciones entre el Ministerio de Justicia –a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado– y el Consejo General.
Su finalidad es el desarrollo de actuaciones dirigidas a facilitar a los ciudadanos los servicios de información, asistencia y consulta, en la presentación de la documentación precisa para la gestión de los expedientes de adquisición de la nacionalidad por residencia.
En particular, y de acuerdo con lo dispuesto tanto en el artículo siete del citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, como en el artículo 1 de la Orden JUS/698/2016, de 4 de mayo. Por la que se establecen los requisitos y condiciones para la suscripción de Convenios de habilitación para la presentación electrónica de peticiones de nacionalidad de España por residencia en representación de los interesados. Por lo tanto, se subscribe el presente Convenio de habilitación para:
- la presentación electrónica de documentos en representación de los interesados,
- así como los procedimientos y requisitos para la remisión telemática de la documentación, correctamente indexada y metadatada.
Además, de conformidad con el artículo 5.b) de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y el artículo treinta y ocho del Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo, se facilita la función de asistencia a los propios interesados para la presentación de peticiones en formato papel.
Régimen de la representación
El profesional va a deber quedar habilitado por el demandante para representar e intervenir en su nombre, así como para recibir documentos y comunicaciones de la Administración Pública dirigidos al mismo.
El mandato de representación quedará en poder del profesional, pudiendo ser requerido en cualquier instante por la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Asistencia en la presentación de solicitudes en formato papel
Los Colegios de Gestores Administrativos –como entidades de derecho público establecidas en Ley 2/1974, de trece de febrero, de Colegios Profesionales– podrán prestar a los interesados que lo soliciten: un servicio de carácter gratuito consistente en la asistencia en la presentación de expedientes de nacionalidad por vivienda que se aporten por los ciudadanos en formato papel.
Dicho servicio va a consistir en la digitalización del expediente presentado y su remisión a la sede electrónica del Consejo General de Gestores Administrativos (SEGA) que, por su parte, lo remitirá a la sede electrónica del Ministerio de Justicia en los términos que ésta determine.
Cómputo de Plazos
En todo caso, el cómputo de los plazos establecidos en el capítulo II del título II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo, solo tendrá sitio en el momento en que el expediente haya tenido entrada en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
¿Dónde se prestará la asistencia?
El Ministerio de Justicia y el Consejo de Gestores publicarán por medio de sus sedes electrónicas la ubicación detallada de los lugares donde se preste la asistencia.
Financiación
El presente Acuerdo no produce obligaciones económicas entre las partes firmantes.
Los gastos e inversiones que origine su cumplimiento por cuenta del Consejo General van a ser recogidos en la memoria justificativa del Convenio.
Pueden ampliar información sobre la nacionalidad española por residencia en el .
Fuente:
Nacionalidad Española. Para toda España en lo que se refiere a procesos por vía telemática.
Recursos denegación de nacionalidad española.
Recurso Contencioso-administrativo para expedientes de nacionalidad española gestionados bajo el nuevo proceso. Tras haber transcurrido un año. abogado para inmigrantes
Dispensa de pruebas de nacionalidad española.
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